El TSJ de Madrid revoca y anula la Resolución 19/2017 de Enfermería
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJ) ha dictado la primera sentencia que resuelve la demanda interpuesta por el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos por la que se revoca y anula la Resolución núm. 19/2017 del Consejo General de la Organización Colegial de Enfermería. En esta Resolución anulada, publicada en el BOE a fecha de 20 de enero de 2018, el Colegio de Enfermería hacía suyas las competencias de regular la profesión, facultad que pertenece al Ministerio, asumiendo para los enfermeros tratamientos y actuaciones puramente médicas.
Ante el nuevo marco regulatorio aprobado en el BOE, la Sociedad Española de Medicina Estética (SEME) formuló una demanda contencioso-administrativa frente a dicha Resolución solicitando, a su vez, como medida cautelar la suspensión de la efectividad de dicha Resolución. De forma paralela, la SEME mantuvo reuniones con la Organización Médica Colegial y con la Sociedad Española de Cirugía Plástica, Estética y Reparadora para tomar medidas legales frente a la Resolución de Enfermería.
De todas las demandas presentadas, el TSJ ha emitido la primera sentencia en cuyo fallo se indica que
“los profesionales que velan por la salud de los pacientes son los médicos y todas sus funciones van dirigidas a conseguir ese fin, en cambio la función del cuerpo de enfermería se circunscribe a los cuidados de enfermería”.
También cabe destacar la manifestación relativa a los actos concretos que se reflejan en la Resolución: “Sobre la relación concreta de tratamientos (laserterapia, micropigmentación, eliminación de tatuajes, toxina botulínica, ácido hialurónico, plasma rico en plaquetas, mesoterapia, cirugía menor y un largo, etc) entendemos que en la aplicación de la normativa que ha quedado expuesta, corresponde a un facultativo la realización de tratamientos no quirúrgicos y quirúrgicos con finalidad de mejora estética corporal, facial o capilar en las unidades asistenciales de Medicina Estética”.
Esta sentencia supone garantizar las competencias de cada colectivo sustentado en los principios de titulación y especialización, evitando el intrusismo profesional
Leer artículo completo en la página de la SEME
Ante la claridad de la sentencia, está claro que el personal de enfermería no puede ejercer ninguna función de medicina estética,
¿Tiene un profesional de la enfermería alguna opción para poder ejercer legalmente la estética profesional?
Al igual que un fisioterapeuta no puede ejercer funciones de enfermería, o una administrativa no puede ejercer funciones de fisioterapia, un/a enfermera/o no puede ejercer la estética o dermo-estética de forma autosuficiente o autónoma.
Es necesario disponer de cualificaciones profesionales específicas regladas para ejercer tratamientos estéticos que se aplican sobre un órgano como es la piel.
Para que una enfermera pueda ejercer la estética profesional NO MÉDICA y realizar tratamientos de forma completamente autónoma y autosuficiente sin la necesidad de la supervisión de un facultativo, existen 3 vías:
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Las titulaciones correspondientes de Formación Profesional específica, FP medio o FP superior en estética (dependiendo de la actividad que se quiera realizar)
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Títulos equivalentes, considerándose como tales, aquellos que legalmente habilitan para el ejercicio de esta actividad. Cualificaciones profesionales específicas, integradas dentro del Marco Europeo de Cualificaciones profesionales.
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Cursos específicos de competencias profesionales impartidos por centros acreditados por las Consejerías de Educación o Sanidad de cada Comunidad Autónoma.
Las Cualificaciones Profesionales de Nivel 4 forman parte del segundo bloque, son cualificaciones integradas dentro del Marco Europeo de Cualificaciones Profesionales y están dentro de la formación reglada que habilita para el ejercicio profesional.
Las Cualificaciones Profesionales de nivel 4 y 5 en estética se basan en especializaciones avanzadas como láser de depilación, láser de rejuvenecimiento, láser de eliminación de tatuajes, micropunción, ultrasonidos, radiofrecuencia, peelings químicos, micropunción, etc.
¿Por que escoger la opción de la formación de Niveles 4 y 5?
- Obtención de una cualificación profesional, que te capacite de forma específica para el ejercicio profesional.
- Semipresencial. Flexible, ágil y compatible con la vida personal y profesional.
- Metodología de enseñanza europea con más del 50% de práctica real con clientes, obteniendo las habilidades para poder ejercer la actividad con mayor seguridad y calidad desde el mismo día que finaliza la formación y sacar el máximo rendimiento y resultados a los tratamientos.
- Materias educativas unificadas a nivel europeo.
- Examinaciones objetivas y neutrales realizadas por organismos oficiales de regulación y cualificación internacional.
- Docencia de máximo nivel, impartida por médicos de prestigio nacional e internacional, que te acompañarán durante tu toda tu formación.
- Enseñanza personalizada en grupos reducidos. (Hasta 10 alumnos)
- Prácticas con equipos y productos de última tecnología.
- Cobertura de las actividades profesionales por parte de los seguros de Responsabilidad Civil en España.
- Diferenciación del resto de profesionales para acceder al mercado laboral.
- Adaptación a las nuevas reglamentaciones, exigencias y directrices marcadas desde la U.E.
- Proyección laboral internacional.
- Bolsa de empleo.
¿Donde poder formarte en los niveles 4 y 5 de estética sanitaria?
En nuestro país, el Instituto Valenciano de Antienvejecimiento y Bienestar (IVAB) es el único instituto profesional certificado por los principales organismos, asociaciones internaciones y colegios europeos de medicina, investigación celular y antienvejecimiento.
Destacado a nivel mundial por la calidad y diferenciación de sus formaciones oficiales, las titulaciones impartidas en IVAB, correspondientes a los niveles superiores 4 y 5 en estética, son las únicas existentes actualmente en España que disfrutan de este respaldo internacional y son válidas no solo en nuestro país, sino también en Europa y más de 53 países (países Commonwealth).
IVAB se convierte así en la mejor opción de formación profesional superior en estética en España para el sector de la enfermería. Acompañando de la mano a los profesionales de la rama sanitaria, mejorando sus competencias y asesorando en su trayectoria profesional.
Las personas GRADUADAS EN ENFERMERÍA tienen ACCESO DIRECTO a poder formarse en las descritas cualificaciones
La UE ha creado un Espacio Europeo único de Educación.
La necesidad de igualarnos al sistema educativo de Bolonia significa ponernos a la par del resto de países europeos, facilitando a los jóvenes españoles la inclusión laboral en los distintos Estados de la Unión Europea. Todas las Licenciaturas y Diplomaturas, pasaron a grados universitarios. Por ejemplo los grados de la rama sanitaria como enfermería, fisioterapia, farmacia, etc.
De igual forma las profesiones no reguladas desde un punto de vista académico, se integran y unifican en un Marco Europeo de Cualificaciones Profesionales. Es el caso de la estética profesional.
Actualmente, en España el nivel más alto existente en la rama de estética es FP Técnico Superior en Estética Integral y Bienestar, que equivale en Europa a un Nivel 3.
¿Que legislación las respalda?
En Europa, las formaciones de nivel 4 y 5 de estética están amparadas por:
▪ El Tratado de Lisboa. Firmado por España el 13 de diciembre de 2007. Artículo 2E, 5 bis y 6 bis 1 y 2.
• La Ley para el empleo y la movilidad artículo 13 Directiva 2005/36/CE. Art. 3, 1c
Los niveles 4 de la rama estética sanitaria son cualificaciones superiores de aplicación directa en España habilitando para el ejercicio profesional de las actividades descritas.
La creación de las titulaciones de Nivel 4 y 5 se desarrollan al amparo del artículo 2 E, por el que La Unión Europea dispone de competencia para llevar a cabo acciones con el fin de apoyar, coordinar o complementar la acción de los Estados miembros en materias de educación y formación profesional.
La Comunidad Europea al amparo del Artículo 5 bis y 6 bis contribuye a proteger la salud, la seguridad y los intereses económicos de los consumidores, teniendo en cuenta las exigencias relacionadas con la promoción de un nivel de empleo elevado, con la garantía de una protección social adecuada, con la lucha contra la exclusión social y con un nivel elevado de educación, formación y protección de la salud humana.
Para solicitar información e inscribirte
Ponte en contacto:
en el teléfono: 960081615
en el email: formacion@ivab.es
Puedes ver las diferentes formaciones en la sección